sábado, 4 de mayo de 2013


El Gobierno nacional estableció los nuevos montos de ventas totales anuales que se tendrán en cuenta para que las empresas sean consideradas Micro, Pequeñas o Medianas, que estaban congelados desde 2010.

Lo hizo a través de una resolución de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, publicada en el Boletín Oficial.
Así, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales no superen los siguientes valores: Agropecuario: 54 millones de pesos; Industria y Minería 183 millones; Comercio: 250 millones; Servicios 63 millones y Construcción, 84 millones.
De este modo, el Poder Ejecutivo optó por un único parámetro para incluir en el mismo a todo el universo Micro, Pequeña y Mediana Empresa, “correspondiendo establecer un valor límite de las ventas según el sector de la empresa”, de acuerdo con el texto oficial.
La resolución estableció que se entenderá por ventas totales anuales, al “valor de las ventas que surja del promedio de los últimos tres estados contables o información contable equivalente adecuadamente documentada, excluidos el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto Interno que pudiera corresponder, y deducido hasta 50 por ciento del valor de las Exportaciones que surja de la documentación”.

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